Para poder circular libremente con vehículos a motor y ciclomotores debes disponer previamente de la autorización pertinente, certificando así tener los requisitos de capacidad, conocimiento y habilidad necesarios para conducir dicho vehículo.
Para obtener un permiso o licencia de conducir es necesario superar un examen teórico y otro práctico. En algunos casos, además, será necesario superar un examen específico de maniobras que se realiza en una pista cerrada al tráfico, en que se demuestra la soltura y destreza en el manejo del vehículo.
El tipo de autorización necesaria depende del tipo de vehículo, existiendo a su vez varios tipos y subtipos de permisos, dependiendo de si vas a conducir un ciclomotor, moto, coche, camión o autobús.
La categoría E es un permiso que se expide a los titulares de permisos B, C, C1, D y D1, autorizando a circular los vehículos del permiso correspondiente (B, C, C1, D y D1) con un remolque enganchado de Masa Máxima Autorizada superior a 750 Kg.
Contenidos de este artículo
Categoría o clase A: Motos y ciclomotores
El periodo de vigencia de los permisos AM, A1, A2 y A es de 10 años hasta los 65 años de edad y a partir de esa edad, la renovación se realiza cada 5 años.
El permiso A te permite conducir cualquier vehículo incluido dentro de la categoría A, A2, A1 y AM. El permiso A2, cualquier vehículo incluido en A2, A1 y AM. Por último el permiso A1 te permite también conducir los vehículos del permiso AM (ciclomotores).
Permite la conducción de ciclomotores (hasta 50 cc) de dos o tres ruedas y cuatriciclos ligeros.
Requisitos:
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Permite la conducción de triciclos y cuadriciclos ligeros (hasta 50cc), no permite la conducción de ciclomotores. Requisitos:
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Motocicletas con una cilindrada máxima de 125 cm³ y potencia máxima de 11 kW (algo menos de 15 cv). Requisitos:
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Motocicletas con una potencia máxima de 35 kW (algo menos de 47 cv). Requisitos:
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Motocicletas y triciclos de motor. Requisitos:
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Permite la conducción de ciclomotores (hasta 50 cc) de dos o tres ruedas y cuatriciclos ligeros.
Requisitos:
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Permite la conducción de triciclos y cuadriciclos ligeros (hasta 50cc), no permite la conducción de ciclomotores.
Requisitos:
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Motocicletas con una cilindrada máxima de 125 cm³ y potencia máxima de 11 kW (algo menos de 15 cv).
Requisitos:
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Motocicletas con una potencia máxima de 35 kW (algo menos de 47 cv).
Requisitos:
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Motocicletas y triciclos de motor.
Requisitos:
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Categoría o clase B: Coches y vehículos ligeros
El periodo de vigencia de los B es de 10 años hasta los 65 años de edad y a partir de esa edad, la renovación se realiza cada 5 años.
Autoriza para conducir los siguientes vehículos:
Requisitos La edad mínima para obtenerlo será de 18 años cumplidos. Este permiso no tiene examen específico de maniobras. Las maniobras se realizarán durante el examen práctico, debiendo realizar al menos dos de las maniobras para B. |
Para permiso B con autorización para conjunto entre 3.500 y 4.250 Kg de M.M.A. será necesario superar las siguientes maniobras para B conjunto 3.500Kg.
Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque o semirremolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 3500 kg. Requisitos:
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Si el remolque tiene una masa máxima autorizada menor de 750 kg, se puede llevar con el permiso B normal, no es necesario obtener el permiso B+E.
Autoriza para conducir los siguientes vehículos:
Requisitos La edad mínima para obtenerlo será de 18 años cumplidos. Este permiso no tiene examen específico de maniobras. Las maniobras se realizarán durante el examen práctico, debiendo realizar al menos dos de las maniobras para B. |
Para permiso B con autorización para conjunto entre 3.500 y 4.250 Kg de M.M.A. será necesario superar las siguientes maniobras para B conjunto 3.500Kg.
Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque o semirremolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 3500 kg. Requisitos:
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Si el remolque tiene una masa máxima autorizada menor de 750 kg, se puede llevar con el permiso B normal, no es necesario obtener el permiso B+E.
Categoría o clase C: Camiones
El periodo de vigencia de los permisos profesionales C, C1, C+E, C1+E es de cinco años mientras su titular no cumpla 65 y cada tres años, a partir de esa edad.
Para la conducción profesional de los vehículos que autoriza a conducir el permiso de las clases C1, C1+E, C o C+E, deberán cumplirse, además de los requisitos establecidos, los referentes a la cualificación inicial y formación continua de los conductores de transporte por carretera.
Autoriza la conducción de automóviles distintos de los que autoriza a conducir el permiso de las clases D1 o D, cuya masa máxima autorizada exceda de 3500 kg y no sobrepase los 7500 kg. Requisitos:
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Autoriza para conducir los siguientes vehículos:
Requisitos:
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Autoriza la conducción de automóviles distintos de los que autoriza a conducir el permiso de las clases D1 o D, cuya masa máxima autorizada exceda de 3500 kg. Requisitos:
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Autoriza para conducir conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase C y un remolque o semirremolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg. Requisitos:
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Autoriza la conducción de automóviles distintos de los que autoriza a conducir el permiso de las clases D1 o D, cuya masa máxima autorizada exceda de 3500 kg y no sobrepase los 7500 kg. Requisitos:
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Autoriza para conducir los siguientes vehículos:
Requisitos:
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Autoriza la conducción de automóviles distintos de los que autoriza a conducir el permiso de las clases D1 o D, cuya masa máxima autorizada exceda de 3500 kg. Requisitos:
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Autoriza para conducir conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase C y un remolque o semirremolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg. Requisitos:
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Categoría o clase D: Autobuses
El periodo de vigencia de los permisos profesionales D, D1, D+E, D1+E se renovará cada cinco años mientras su titular no cumple 65 y cada tres años, a partir de esa edad.Automóviles diseñados y construidos para el transporte de no más de 16 pasajeros además del conductor y cuya longitud máxima no exceda de 8 metros. Requisitos:
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Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase D1 y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg. Requisitos:
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Autoriza para conducir automóviles diseñados y construidos para el transporte de más de ocho pasajeros además del conductor. Requisitos:
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Autoriza para conducir conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase D y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg. Requisitos:
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Licencia LCM: Vehículos de movilidad reducida.
Para conducir vehículos para personas de movilidad reducida. El periodo de vigencia es de 10 años hasta los 65 años de edad y a partir de esa edad, la renovación se realiza cada 5 años.
Requisitos:
- La edad mínima para obtenerlo será de 14 años cumplidos.
- Requiere de un examen en pista específico, siendo necesario superar las siguientes maniobras para LCM.
Licencia LVA: Vehículos agrícolas.
Para conducir vehículos especiales agrícolas autopropulsados y sus conjuntos cuya masa o dimensiones máximas autorizadas no excedan de los límites establecidos para los vehículos ordinarios o cuya velocidad máxima por construcción no exceda de 45 km/h.
El periodo de vigencia es de 10 años hasta los 65 años de edad y a partir de esa edad, la renovación se realiza cada 5 años.
Requisitos:
- La edad mínima para obtenerlo será de 16 años cumplidos.
- Requiere de un examen en pista específico, siendo necesario superar las siguientes maniobras para LVA.
Autorización ADR: Mercancías Peligrosas.
Conducir vehículos que transporten mercancías peligrosas requiere una autorización administrativa especial, conocida como permiso de mercancías peligrosas ADR. Es una autorización complementaria que se expide a los titulares de permisos B, C, C1, D y D1, autorizando a transportar mercancías peligrosas en los vehículos del permiso correspondiente (B, C, C1, D y D1).
El periodo de vigencia de los permisos ADR se renovará cada cinco años mientras su titular no cumple 65 y cada tres años, a partir de esa edad.
Puedes ampliar y obtener más información sobre la autorización ADR.
Requisitos:
- Necesitas, como mínimo, tener previamente un permiso tipo B con una antigüedad de más de un año.
- La autorización ADR es complementaria a un permiso de conducir, siendo necesario disponer de ambos y tenerlos en vigor.
Permiso Internacional.
Para conducir fuera de la UE y del EEE es necesario obtener y llevar contigo el Permiso Internacional para poder conducir. Es una autorización complementaria, por lo que debe ir siempre acompañado de tu permiso español en vigor.
El periodo de validez es de un año, pero solo tendrá validez mientras la tenga tu permiso español.
Puedes ampliar y obtener más información sobre el permiso internacional si vas a viajar el extranjero.
Fuentes
Dirección General de Tráfico